Definición
La evaluación única final es el procedimiento mediante el cual el estudiantado puede solicitar ser evaluado en un solo acto académico, que integre todas las pruebas necesarias para acreditar la adquisición de las competencias descritas en la guía docente de la asignatura.
Podrán acogerse a esta modalidad quienes no puedan seguir el sistema de evaluación continua, siempre que acrediten de forma justificada alguna de las siguientes circunstancias: motivos laborales, estado de salud, discapacidad, programas de movilidad, representación estudiantil u otras causas análogas debidamente justificadas.
De acuerdo con el artículo 17 de la Normativa de Evaluación y Calificación de la Universidad de Granada, el estudiantado acogido a esta modalidad tendrá derecho a dos convocatorias de evaluación (ordinaria y extraordinaria), que se celebrarán en las fechas fijadas por la Facultad de Ciencias de la Salud dentro del calendario académico oficial.
De acuerdo con el artículo 8 de la menciónada normativa el caso de las titulaciones de Ciencias de la Salud —como los Grados en Fisioterapia (Campus de Granada y Melilla) y Terapia Ocupacional—, cuando las asignaturas incluyan prácticas de carácter clínico-sanitario obligatorias, así como en las asignaturas de “Prácticas Externas” o “Practicum”, el estudiantado que se acoja a la modalidad de evaluación única final deberá realizar dichas prácticas conforme a la programación establecida en la guía docente.
Documentación necesaria
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Documentación acreditativa de la causa que impide seguir la evaluación continua (por ejemplo, certificado laboral, médico o justificante oficial).
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Toda la documentación debe adjuntarse en formato electrónico en el momento de realizar la solicitud a través de la sede electrónica.
Plazos de solicitud
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Durante las dos primeras semanas de impartición de la asignatura.
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Durante las dos semanas posteriores a la matrícula, si esta se efectuó después del inicio de la docencia.
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En casos excepcionales y debidamente justificados, se podrá solicitar fuera de los plazos establecidos.
Órgano que resuelve y recursos
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Órgano que resuelve: Dirección del Departamento de Fisioterapia.
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Plazo de resolución: 10 días hábiles.
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Recurso: Recurso de alzada ante el Decanato de la Facultad de Ciencias de la Salud.
Procedimiento
La solicitud deberá presentarse a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Granada, dirigiéndola a la Directora del Departamento de Fisioterapia, indicando los motivos de la petición y adjuntando la documentación acreditativa en formato electrónico (PDF).
El Departamento resolverá la solicitud en un máximo de 10 días hábiles desde su recepción. Si no se comunica resolución en dicho plazo, la solicitud se considerará estimada por silencio administrativo.